La Ley 21.719 reemplaza el régimen de protección de datos personales de la Ley 19.628 por uno más exigente, con una autoridad propia: la Agencia de Protección de Datos Personales. Alcanza a cualquier organización que trate datos de personas (clientes, trabajadores, proveedores, postulantes), también a las pymes.
Qué cambia en la práctica
- Principios: entre otros, licitud y lealtad (el responsable debe poder acreditar que su tratamiento es lícito) y seguridad (medidas apropiadas al tipo de datos).
- Derechos de los titulares: acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y bloqueo temporal. Son personales, irrenunciables y no pueden limitarse por contrato.
- Sanciones: las infracciones se clasifican en leves (hasta 5.000 UTM), graves (hasta 10.000 UTM) y gravísimas (hasta 20.000 UTM), con agravantes por reincidencia.
- Una autoridad fiscalizadora: la Agencia. Su instalación aún está en proceso, y parte del debate sobre la postergación se relaciona con ello.
Cuatro cosas para revisar desde ahora
- Inventario de datos y fundamento. Qué datos se tratan, para qué, y con qué base legal (consentimiento u otra).
- Atención de derechos. Quién recibe, cómo se registra y cómo se responde una solicitud de acceso, corrección o eliminación.
- Seguridad y respuesta ante incidentes. Qué medidas existen y qué se hace si hay una filtración o acceso indebido.
- Proveedores que tratan datos por ti. Qué contratos existen (plataformas, hosting, remuneraciones, marketing) y qué dicen sobre datos personales.
¿Y si la fecha se posterga?
Postergar la ley no elimina la necesidad de prepararse: ordenar datos, contratos y procedimientos toma tiempo, y las buenas prácticas de seguridad y transparencia sirven desde hoy. Una empresa que parte con un diagnóstico y lo hace por etapas llega mejor, cualquiera sea la fecha final.
Dónde empezar
Un buen primer paso es revisar los contratos con proveedores y los términos y políticas de privacidad del negocio. Con Letra en Grande puedes obtener una primera lectura de un contrato en lenguaje simple (no reemplaza a un abogado), y con nosotros definimos el diagnóstico y el plan.
Fuentes
- Proyecto de postergación (ingresado el 1 de septiembre de 2026) — Carey
- Debate en el Senado sobre el plazo (2 de octubre de 2026) — Pauta
- Publicación de la Ley 21.719 en el Diario Oficial — Carey
- Derechos y sanciones — Diario Constitucional
Nota. Este artículo es informativo y general: no constituye asesoría legal ni tributaria para un caso particular. Tributos del Sur presta servicios de asesoría en derecho chileno y en tributación internacional; los aspectos de derecho argentino se validan con contadores y profesionales locales. Cada caso requiere revisión personalizada.